La última noticia que llega relacionada al proyecto de “Zona Calma”
en Villa Real es que un juez hizo lugar al amparo presentado por
vecinos, y por ello, queda frenada su implementación al menos por un
tiempo.
El titular del Juzgado Contencioso, Administrativo y Tributario
número 10, Aurelio Ammirato, suspendió la ejecución de Zona Calma,
encabezada por el Gobierno porteño de Horacio Rodríguez Larreta.
El juez suspendió la obra que se quería instalar en el barrio de
Villa Real, en la Comuna 10, sin audiencia pública y sin estudio de
impacto ambiental. Un negociado de 14 millones de pesos que
perjudicaba al vecindario en beneficio de privados.
El argumento del PRO para la obra es la reducción de velocidad,
cuando por el contrario en Villa Real no es zona de accidentes
reiterados, además no realizó el gobierno la audiencia pública y ni
siquiera presentaron estudio de impacto de ambiental.
El magistrado Ammirato afirmó que el Ejecutivo de la Ciudad no
presentó en la justicia "los permisos ambientales correspondientes
que son otorgados por la Agencia de Protección Ambiental".
Este fallo le otorga la razón al legislador Vera, los vecinos y el
Club Camioneros respecto a que la obra "Zona Calma, no contaba con
el certificado de aptitud ambiental que se requiere en este tipo de
obras".
El proyecto constaba de una reducción de velocidad obligatoria para
todos los casos no advirtiendo la necesidad de diferencia para casos
de emergencias de salud, por seguridad o por incendios que ameriten
superar los límites de velocidad”, hizo notar al respecto.
Según el pliego de condiciones particulares de la obra, se
desarrollará entre las calles Ramón Lista, Juan E. Martínez, Nogoyá
e Irigoyen. Con distintas intervenciones urbanas se busca "alertar
al conductor del ingreso a la zona 30, donde la velocidad máxima
será de 30km/h en lugar de 40, y reordenar el tránsito de camiones;
incorporación de 1.362 m2 de suelo absorbente".
En su fallo el juez dice: "En mérito de las consideraciones
vertidas, doctrina y jurisprudencia citadas; RESUELVO: Suspender
—con carácter precautelar y en el estado en que actualmente se
encuentra— la ejecución del proyecto denominado “ ZONA CALMA – VILLA
REAL”, que se desarrollaría en el barrio de Villa Real, entre las
calles Ramón Lisa, Juan E. Martínez, Nogoyá e Irigoyen, de esta
ciudad, hasta tanto la parte demandada acredite en estos actuados
haber dado cabal cumplimiento a las previsiones de los arts. 8, y
cctes., la ley 123 (cfr. supra, consid. III)."
Entre otras cosas, el fallo también establece dar mayor publicidad a
la obra para que el vecino se involucre en el tema, y establece que
el Gobierno Porteño puede tomar conocimiento de la sentencia y lo
puede apelar en el término de 15 días judiciales.