Motociclistas y ciclistas que distribuyen mensajería o alimentos a
escala minorista tienen nueva legislación en la Ciudad, que también
enmarca a prestadoras de servicios y operadores digitales.
Lo sancionó este jueves la Legislatura porteña mediante una ley que
modifica y agrega textos a tres grande instrumentos normativos: los
códigos de Tránsito y Transporte, de Contravenciones y el Régimen de
Faltas.
Tras el debate, se aprobó con 39 votos positivos de VJ, PS, Gen, CF
y UCR-Ev, 4 votos negativos de FY y AyL y 17 abstenciones del FdT.
Las definiciones de la actividad y de los actores enmarcados en las
nueva ley son: mensajería urbana, reparto a domicilio de sustancias
alimenticias, los prestadores de esos servicios (personas humanas o
jurídicas), los repartidores en motos o bicicletas y el “Operador de
plataforma digital de oferta y demanda por terceros: persona humana
o jurídica que opera y/o administra una plataforma digital a través
de la cual terceros ofertan y demandan el servicio”.
Para prestar los servicios se deberá obtener la correspondiente
habilitación en el “Registro Único de Transporte de Mensajería
Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias” (RUTRAMUR).
Los motovehículos también deberán ser registrados y tener
verificación técnica.
Los repartidores deberán aprobar cursos específicos de capacitación
en seguridad vial y de normativa vinculada con los servicios que
presten. Los operadores de plataformas digitales deberán proveer los
seguros detallados en la ley: ART, seguro de vida, de
responsabilidad civil y de accidentes personales.
La ley tipifica anomalías e infracciones y cuantifica sus sanciones
o puniciones. Las multas parten desde 100 unidades fijas ($ 2.140)
para el repartidor o mensajero que circule sin habilitación y llegan
a montos de entre 4.000 a 20.000 u.f. (desde $ 85.600 hasta $
428.000) para operadores de plataforma digital o prestadores de
servicio que organicen y realicen estas actividades sin estar
registrados.
Desde el sector obrero, el Secretario General de la Asociación
Sindical de trabajadores Motociclistas y de Mensajería Marcelo
Pariente explicó que es una Ley que favorece a las empresas porque
aumenta las responsabilidades que recaen sobre los empleados y tildó
esta reforma como un “fraude laboral”.
También se sancionó este jueves una ley que introduce amplias
modificaciones a los textos del Código de Habilitaciones y
Verificaciones, con el propósito de hacer más ágil y menos onerosa
la tramitación de comerciantes, transportistas y prestadores de
servicios diversos, eliminando viejas ordenanzas ya en desuso,
actualizando las prescripciones en otros casos y procurando reducir
el peso administrativo o burocrático sobre las actividades
productivas.
Tales fueron las premisas planteadas en el trabajo conjunto de los
legisladores porteños con funcionarios del Poder Ejecutivo, en la
comisión de Desarrollo Económico, donde se tomó la iniciativa
original del diputado Gonzalo Straface (VJ) como base para una
minuciosa revisión de las disposiciones y sus sistemas de control.
Se trata de “la abrogación, derogación y unificación de un universo
de leyes y ordenanzas tendiente a la reducción de cargas
administrativas y simplificación normativa”, como señaló el dictamen
de mayoría de la comisión legislativa.
“Es preciso controlar los costos regulatorios a nivel local para
mejorar la eficacia productiva mediante la reducción de costos
innecesarios, en particular para las micro, pequeñas y medianas
empresas” sostuvieron los impulsores de la ley sancionada.
Se incorporó normativa relativa al transporte de sustancias
peligrosas y al transporte colectivo del pasajeros y cargas. Se
modificaron requisitos vinculados con gimnasios, alojamientos
turísticos, se deroga norma obsoletas sobre venta de preservativos.
Por un lado se derogó la ley de Libreta Sanitaria pero, a la vez, se
estableció la obligatoriedad de capacitación al personal involucrado
en la manipulación de alimentos, entre otras estipulaciones.
Los cambios también refieren a horarios y lugares habilitados o
vedados para la venta de bebidas alcohólicas, la elaboración y venta
de sándwiches, golosinas, playas de estacionamiento, peluquerías y
afines, locales de tatuajes y perforaciones a personas, alquiler de
automóviles, servicios de salud y educación, entre muchos otros
ítems.
La aprobación fue por 55 votos a favor y 4 en contra de la
izquierda.