04/11/2016

SE ENCAMINA UNA NUEVA POLICÍA


La creación del Instituto Universitario de Seguridad y Ciencias Jurídicas fue despachado por las comisiones de Seguridad, Justicias y Ciencias Jurídicas. Esto se suma al dictamen que obtuvo el Sistema Integral de Seguridad Pública.

 


El Sistema integral de seguridad pública de la Ciudad de Buenos Aires establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública. El proyecto de ley consta de 476 artículos contenidos en ocho libros.

El Libro I constituye el marco general del sistema, y destaca la conducción civil. Crea la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la ciudad como órgano desconcentrado dependiente del Ministro de Justicia y Seguridad.

El Libro II propone la creación de la nueva Policía de la Ciudad de Buenos Aires derivada del Convenio de transferencia progresiva de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la ciudad firmado en enero pasado con La Nación que involucra a casi 20.000 efectivos de la Policía Federal Argentina.


El Libro III crea el Cuerpo de Bomberos de carácter civil, jerarquizado profesionalmente y auxiliar de la fuerza pública como dependencia de la Subsecretaría de Emergencias y en colaboración con el cuerpo de bomberos voluntarios y el personal de seguridad privada.

El LIbro IV regula al Instituto Superior de Seguridad Pública - ISSP- creado en el año 2008. El


Libro V crea la Obra Social del Personal de Seguridad Pública -OSPeSe- que reemplazaría a la actual Obra Social del Personal Metropolitano creada por Ley N° 2894 y regulada por Decreto N° 259/09.

El Libro VI regula prestación de los servicios de seguridad privada, vigilancias, custodias y seguridad de personas y bienes, por parte de personas humanas o jurídicas privadas o públicas.


El Libro VII crea el Sistema Público Integral de Video Vigilancia de la Ciudad de Buenos Aires y regula la utilización, por parte del Ejecutivo, de las videocámaras destinadas a captar y grabar imágenes en lugares públicos y de acceso público y su posterior tratamiento, estableciendo el régimen de garantías de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos.

Finalmente, el Libro VIII incorpora la regulación del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, a fin de garantizar su efectiva integración al Sistema, articulado con el Consejo de Seguridad y Prevención del Delito en los términos de la Ley 1689. El proyecto además propone 26 cláusulas transitorias.

Por su parte, la creación del Instituto Universitario de Seguridad y Ciencias Jurídicas -IUSYCJ-, con jurisdicción en la ciudad de Buenos Aires y con oferta académica circunscripta al área disciplinar de la Seguridad y las Ciencias Jurídicas. Sería la primera institución universitaria pública desde la autonomía.

El proyecto, de seis artículos y uno de forma, autoriza al Ejecutivo a transferir el actual Instituto Superior de Seguridad Pública creado por Ley N° 2894, texto consolidado por la Ley N° 5454.

El nuevo Instituto tiende a atender una doble articulación: al Sistema Integral de Seguridad Pública y al Sistema Universitario Nacional por lo que contará con los atributos necesarios para dar cumplimiento con lo pautado en la Ley 24.521, con carreras cuyos títulos cuenten con reconocimiento y validez nacional. Estará radicado en la ciudad de Buenos Aires donde funcionan actualmente 43 instituciones universitarias y participará del CPRES Metropolitano integrando la articulación de la educación superior con mayor cantidad de instituciones universitarias, donde subsisten 61 instituciones académicas de este tipo.

Además, están en tratamiento conjunto de las comisiones los proyectos de ley orgánica de la Policía de la Ciudad, la creación del Mapa del Delito, la modificación del artículo 5 del título II de la Ley N° 1913 referido a los prestadores de la seguridad privada, otro vinculado al sistema de descentralización de denuncias y otro referido a la creación del sistema integrado de información y estadística criminal.

 

Por Rodrigo Marcogliese

Fuente: Legislatura Porteña

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